domingo, 14 de septiembre de 2025

 1876 18 Pequeña historia de Puerto Real (1875-1900)

            En el mes de noviembre del año en curso, he recogido algunas cuestiones en los plenos municipales que me han parecido de interés; a saber:

            1ª. El vecino P. D. solicitó no acceder al puesto que le correspondía en la Junta del Amillaramiento por motivos de salud. Se le denegó la petición.

            2ª. Igualmente se denegó la solicitud de M.R. donde se excusaba del cargo de perito basándose en su insuficiencia.

            3ª. En uno de los plenos tuvo que ausentarse del mismo el secretario municipal Ramón Romero Recio por tratarse, en uno de los puntos, un asunto de su competencia.

            4ª. El gobernador civil ordenó al juez municipal que se interviniera la recaudación de Consumos para saldar la deuda adquirida con los maestros de instrucción primaria. El Pleno expresó que sólo se adeudaba el vencido mes de octubre y que, probablemente, la reclamación procedía de maestros separados del servicio. La Corporación no admitía la intervención judicial y presentó su dimisión porque la moral municipal había quedado muy quebrantada.

            5ª. Entre los pagos formalizados por el alcalde, destaco, la cantidad de 125 pesetas por el cuarto trimestre destinada al representante en Madrid del municipio y la cantidad de 300 pesetas a Ignacio Sánchez por la deuda con el mismo por el suministro de agua en años anteriores. Como ya hemos comentado en diversas ocasiones era una época en la que el suministro de agua a Puerto Real no estaba garantizado.

            6ª. El alcalde de la Villa insistía en que la intervención de fondos del gobernador civil, ejecutada por Antonio Capriles Osuna (delegado especial, no juez) no era procedente. El regidor municipal entendía que la intervención de fondos deprimía por completo la Municipalidad y, además, el verdadero deudor no era el ayuntamiento. No obstante, se consignaron las 2.426,54 pesetas en poder del delegado ya mencionado, con carácter de depósito y sin perjuicio de que el municipio ejerciera contra el verdadero deudor las acciones pertinentes… El Pleno acordó aprobar la intervención del alcalde e insistir en la dimisión del órgano municipal en el caso que el gobernador civil no levantara su apremio…

            Llama la atención de que malas prácticas como las ya señaladas, siguen vigentes en la España del siglo XXI.

Roque Gómez Jaén

           

           

 

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