1881 12. Pequeña historia de Puerto Real (1875-1900)
Notas destacadas de los
plenos de los meses noviembre y diciembre del año en curso:
1ª.
En la sesión plenaria celebrada el 23 de noviembre, se dio lectura a un
comunicado del alcalde de Jerez, solicitando se apoyara las gestiones
emprendidas ante el Congreso de los diputados para la modificación de la
normativa municipal y la provincial. Se acordó gestionar en el mismo sentido la
propuesta del regidor jerezano.
2ª. En la primera sesión plenaria
del mes de diciembre, se comunicó que el gobernador civil había aprobado la
subasta de los pastos del Carpio, rematado por herederos de Francisco Pley por
un importe de 100 pesetas.
3ª. En el 2º Pleno del mes de
diciembre se acordó aprobar el expediente de la subasta de respaldos de hierro
en los jardines del “Porvenir” adjudicado, por el tipo establecido, a Rafael
Matos Ruiz.
En el mismo Pleno se acordó nombrar a Manuel
Morales García como ayudante de la escuela pública de niños regentada por el
maestro Manuel Enríquez.
4ª. En la 3ª sesión plenaria del mes
en curso se trató sobre la lista de los 72 mozos que cumplían 20 años. En el
listado se podía obtener una gran información de interés para el reclutamiento
de soldados.
5ª. En la siguiente sesión celebrada
el 14 del mes de diciembre, la Comisión encargada de poner los medios para
llevar acabo el acuerdo referente al encauzado de aguas de “La Higuera” para su
distribución en las fuentes de la Villa, manifestó:
Estudiada la documentación archivada,
especialmente, el informe emitido por el ingeniero Ángel Mayo fechado el 10/09/1868,
la Comisión consideraba suficiente unir por un cauce de cualquier clase la
fuente de “La Higuera” con el origen de la cañería forzada nombrada en el
escrito de dicho ingeniero.
En su exposición, la Comisión hacía
ver que en esas fechas se estaba abandonando el sistema de construcción de
mampostería en las obras de encañado de aguas y, por ello, se proponía el uso
de tubería de acero, asentada en el pilar del acueducto.
Con relación a los medios precisos
para las obras, se estimaba que sólo podrían extraerse de la enajenación de
inversiones intransferibles que en la cantidad de 1.939.363 reales y 98
céntimos poseía el municipio. De la suma mencionada aproximadamente mitad por
mitad, pertenecían a fondos de propios y de beneficencia y, las obligaciones de
esta última, se financiaban totalmente por el presupuesto municipal de la
Villa.
Finalmente, se entendía que el
surtido de agua era competencia exclusiva del ayuntamiento y, bastaría el
acuerdo de la Corporación para enajenar las inscripciones ya mencionadas. No
obstante, conforme a Ley Municipal vigente, se proponía una reunión de la
Asamblea municipal para que resolviera la cuestión que, de ser favorable,
permitiría dotar a la Villa de una mejora tan importante.
El Pleno municipal acordó por
unanimidad que el alcalde convocara la Junta Municipal a los efectos oportunos.
Roque Gómez Jaén
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